El juzgado rechaza incorporar a la plantilla pública al personal del laboratorio de Dénia
Un juzgado social de Benidorm ha desestimado la demanda presentada por CCOO para que el personal del laboratorio del Hospital de Dénia fuera reconocido como personal laboral de la Conselleria de Sanidad. La resolución sigue la doctrina aplicada también en el caso de Torrevieja.

Un juzgado social de Benidorm ha desestimado la demanda de CCOO para que los trabajadores del laboratorio del Hospital de Dénia fueran reconocidos como personal laboral de la Conselleria de Sanidad. La resolución concluye que la Administración no está obligada a incorporarlos a su plantilla pública y aplica una doctrina que también se siguió en el caso de Torrevieja.
La reclamación del sindicato solicitaba que el personal del laboratorio pasara a formar parte de la plantilla de la Conselleria. El fallo rechaza esa petición. La información difundida sobre la resolución no concreta otros aspectos del procedimiento ni detalla las circunstancias laborales de cada uno de los trabajadores afectados.
La referencia a Torrevieja sitúa la decisión de Benidorm en una línea jurídica que ya se había aplicado en otro caso relacionado con la incorporación de personal a la plantilla pública. De acuerdo con la información disponible, el juzgado ha seguido esa doctrina para resolver la demanda relativa al laboratorio del Hospital de Dénia.
El pronunciamiento se refiere a la petición planteada por CCOO y a la obligación de la Administración de incorporar a esos trabajadores como personal laboral de la Conselleria. La demanda ha sido desestimada, por lo que no se reconoce la incorporación solicitada. La resolución no implica, según los datos publicados, que se hayan detallado en esta información cambios en la organización del laboratorio o en las funciones que desempeña su personal.
La noticia tampoco especifica si el sindicato prevé recurrir el fallo ni aporta información sobre posibles actuaciones posteriores. Por tanto, con los datos difundidos hasta el momento, el resultado conocido es el rechazo judicial de la demanda y la aplicación de un criterio que cuenta con el precedente citado en Torrevieja. La resolución ha sido dictada por un juzgado social de Benidorm.
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